Se trata del segundo plazo anual para presentar proyectos en nuestras líneas de Aceleración de Proyectos Latentes y Plataformas de Desarrollo Empresarial. Plazo de presentación del 1 al 20 de septiembre, inclusive.
Estas líneas nacen con el objetivo de impulsar y apoyar la realización de actuaciones dirigidas a la promoción de proyectos que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del municipio de Gijón, para el desarrollo de actuaciones que permitan alcanzar progresivamente los objetivos estratégicos establecidos en materia de promoción económica e innovación, y ser el elemento facilitador que desarrolle y atraiga talento y contribuya a la dinamización de la actividad económica local, como base del crecimiento previsto para la ciudad, un crecimiento inteligente, sostenible y saludable, así como un efecto potenciador del bienestar social.
Se trata de subvenciones a fondo perdido.
ACCIONES SUBVENCIONABLES
Se estructura en dos líneas de actuación:
• Aceleración de proyectos latentes. Dirigido a impulsar el diseño, validación y puesta en marcha de ideas empresariales de especial contenido innovador proporcionando apoyo tanto en el proceso de formación de ideas e hipótesis, como en el de construcción de un prototipo o versión inicial centrado en sus funcionalidades básicas, todo ello mediante metodologías innovadoras, como elemento dinamizador de la economía local.
• Plataformas de cooperación empresarial. Constituyen un incentivo enfocado al desarrollo de proyectos empresariales en colaboración que supongan el desarrollo de productos/servicios innovadores con un alto impacto en el municipio de Gijón, que sean de especial interés para la modernización del tejido empresarial y supongan un efecto dinamizador en la actividad económica del municipio y en la consolidación del ecosistema local de innovación, con especial atención a la participación de empresarios/as individuales y micropymes.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Aceleración de Proyectos Latentes
• Personas físicas, mayores de edad, empadronadas en Gijón y que no hayan estado en situación de alta en el impuesto de actividades económicas ni hayan ejercido actividad económica por cuenta propia en el último año natural desde la fecha de solicitud.
• Autónomo/as (empresario/as individuales) con domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón y que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a lo largo del año 2023, sin haber estado de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural desde la fecha de solicitud.
• Empresas con domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón y cuya fecha de Alta censal haya tenido lugar en el año 2023.
A los efectos de las presentes bases, podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo el proyecto que motiva la concesión de la subvención, siempre que cumplan igualmente los requisitos mencionados.
Plataformas de Cooperación Empresarial
Empresas y empresario/as individuales con sede social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
Tendrán la consideración de empresas a los efectos de la presente convocatoria toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, entendiendo como tal la venta de productos o servicios a un precio dado o en un mercado directo o determinado. Dentro del concepto de empresa se entenderán incluidos los empresarios individuales/autónomos.
Los consorcios de colaboración que se presenten deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Al menos el 50% de las empresas participantes deberán tener una antigüedad máxima de 10 años desde la fecha de alta censal a fecha de fin de plazo de solicitud.
• Al menos el 50% deberán ser micropymes y/o empresarios individuales.
CUANTÍA
Aceleración de Proyectos Latentes.
La puntuación obtenida por el proyecto determinará el importe máximo de la ayuda. En todo caso, la ayuda máxima por proyecto será de 6.000 euros en dos fases:
• Fase de diseño (solicitudes presentadas por personas físicas): Máximo 3.000 euros.
• Fase de validación (Solicitudes presentadas por autónomos y sociedades mercantiles): Máximo 3.000 euros.
Plataformas de Cooperación Empresarial.
La intensidad de las ayudas será variable según la tipología de empresa:
• 85% del presupuesto elegible del proyecto a realizar en el caso de micropymes y autónomos menores de 10 años.
• 75% del presupuesto elegible del proyecto a realizar para en el resto, y en todo caso para los Centros Tecnológicos.
La ayuda máxima concedida por proyecto será de 34.000,00 €. En todo caso, los gastos elegibles presentados no podrán ser superiores a 40.000,00 €.
Esta ayuda podrá verse incrementada en las siguientes circunstancias:
• Subcontratación de parte de la actividad del proyecto con grupos y equipos de investigación, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación o profesorado de la Universidad de Oviedo. El incremento de la ayuda será como máximo de 6.120,00 euros por proyecto, en función de los gastos elegibles presentados, que no podrán ser superiores a 7.200,00 euros.
• Presentación de un plan de comercialización de los resultados del proyecto. El incremento de la ayuda será como máximo de 3.400,00 euros por proyecto, en función de los gastos elegibles presentados, que no podrán ser superiores a 4.000,00 euros.
Plazo de presentación
2.º Plazo – Del 1 de septiembre al 20 de septiembre de 2023.
CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Plazo 2
• Aceleración de proyectos latentes: 21.500,00 euros
• Plataformas de cooperación empresarial: 420.000,00 euros