Todos los autónomos y empresas de cualquier tamaño que no se encuentren en concurso o con problemas vinculados a ejercicios anteriores podrán acudir a las Líneas ICO para atender sus necesidades de liquidez y hacer frente a pagos de: salarios, proveedores, alquiler, gastos fijos, vencimientos de financiación y obligaciones tributarias, independientemente del sector de su actividad.
Podrán acudir a su entidad financiera que se encuentra gestionando los Préstamos ICO al 1,5% fijo, apertura 0,5%, 5 años (1 carencia+4 amortización), o cuenta crédito a 3 años, con el aval del Estado, también para líneas de circulante.
- Presentar la documentación habitual – BS, PPGG, MOD 390 …-,
- Anexo cero ICO (la razón social, el tipo de empresa, el tipo de financiación que se solicita, uso, y todo los datos económicos que muestren el estado de su empresa,
- Declaración Responsable Jurada (donde se declara que el importe del préstamo no supera el doble de los costes salariales anuales de su negocio o no supera el 25% del volumen de negocio del año anterior)
- Declaración de ayudas de la empresa sujetas al Régimen de Minimis (informa de si la empresa ha recibido otras ayudas de la UE por un importe inferior a 200.000 €). En caso de haberlas recibido, indicar las cantidades, el organismo y el destino de la ayuda.
A continuación les mostramos un resumen de las condiciones , plazos y garantías atendiendo al tipo de profesional.
MICROEMPRESAS Y AUTÓNOMOS TIPO.- Para empresas de hasta 10 empleados y autónomos. CUANTÍA.-Hasta 1,5 millones de euros. PLAZO.- Hasta 4 años +1 año de carencia ( 5 años). GARANTÍA.– 80%. El 20% restante lo asumirán las entidades financieras a través de avales complementarios -tipo ASTURGAR- u otras posibilidades en función del tipo de solicitantes. PYMES TIPO.- Para empresas de hasta 260 empleados y rentas inferiores a 50 millones de euros o con un total de activo inferior a 43 millones de euros. CUANTÍA.- Hasta el 25% de sus ingresos anuales o 24 más de gastos de personal . PLAZO.-Hasta 4 años + 1 año de carencia ( 5 años). GARANTÍA.- 80%. El 20% restante lo asumirán las entidades financieras a través de avales complementarios -tipo ASTURGAR- u otras posibilidades en función del tipo de solicitantes. |
GRANDES EMPRESAS TIPO.- Para empresas de más de 250 empleados y ventas superiores a 50 millones de euros o con un total de activo superior a 43 millones de euros. CUANTÍA.- Hasta el 25% de sus ingresos anuales o 24 meses de gastos de personal. PLAZO.- Hasta 4 años + 1 año de carencia ( 5 años). GARANTÍA.- 70% para nuevas operaciones y 60€ renovaciones |