Estos días se han publicado las nuevas convocatorias de dos líneas de ayudas muy relevantes para el sector de la economía social:
- Subvención a la incorporación de personas socias en cooperativas y sociedades laborales en Asturias.
- Ayudas de complemento al capital social para cooperativas y sociedades laborales asturianas.
Estas dos nuevas convocatorias llegan con importes actualizados y cambios en las bases que facilitarán el acceso y mejorarán las condiciones para dichas empresas.
Abierto plazo de solicitudes ayudas al complemento al capital social Cooperativas y sociedades Laborales.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el 18 de noviembre de 2025.
✍Las solicitudes se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0485T01 en el buscador).
📍 Las aportaciones deberán haberse realizado entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.
Ayudas a la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales.
- Beneficiarias: cooperativas y sociedades laborales que hayan incorporado entre el 1 de julio y el 30 de junio de 2025 personas socias trabajadoras o de trabajo, bien a personas desempleadas, bien a personas trabajadoras con contrato de carácter temporal o indefinido en esa misma cooperativa o sociedad laboral, bien asalariadas de una empresa que se transforme en cooperativa o sociedad aboral.
- Incremento de la cuantía base: La ayuda será de 10.000 euros por persona incorporada a tiempo completo, y de 5.000 euros si ya tenía contrato indefinido previo.
- Bonificaciones adicionales acumulativas hasta un 60% por incorporación de colectivos prioritarios: mujeres, jóvenes menores de 30, mayores de 45, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o trata, perceptores del ingreso mínimo vital, y residentes en concejos con dificultades demográficas.
- Ayuda adicional de 625 euros por hijo/a menor de 3 años, con posibilidad de prorrateo si ambos progenitores son beneficiarios.
- Se flexibiliza el régimen de incorporación permitiendo la subvención también a socios fijos discontinuos y a quienes ya tengan algún vínculo con la cooperativa o sociedad laboral. Es decir, podrán ser beneficiarias las personas asalariadas, tanto temporales como indefinidas, de cooperativas o laborales.
- También podrán optar a esta ayuda las personas que en el momento de su incorporación sean personas asalariadas de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformada.
- La obligación de mantenimiento del empleo creado y de la forma jurídica pasa a ser de tres años.
📆 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde mañana, día 20/11/2025.
✍Las solicitudes se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0037T01 en el buscador).
📍 En todos los casos las personas incorporadas tienen que constar en alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025 y con carácter previo a la solicitud.


