Ayudas para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación

Hasta el 2 de diciembre a las 13:00h está abierta esta convocatoria del FECYT 2021

A partir de esta convocatoria se financian acciones de fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:

  1. Cultura científica, tecnológica y de la innovación.
  2. Educación y vocaciones científicas.
  3. Ciencia Ciudadana.
  4. Redes de comunicación y divulgación de la ciencia y la innovación.
  5. Fomento del pensamiento crítico.

Beneficiarios:

Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas, y tengan domicilio fiscal en España:

  1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  3. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  4. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
  5. Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
  6. Centros públicos de I+D que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  7. Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  8. Centros privados de I+D que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  9. Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  10. Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

Dotación presupuestaria máxima: Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del sesenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite de150.000 euros por solicitud presentada.

El plazo para elevar a definitiva una solicitud en el sistema telemático de participación finalizará el 2 de diciembre de 2021 a las 13:00 horas (hora peninsular española)

Información adicional:

https://www.boe.es/boe/dias/2021/10/29/pdfs/BOE-B-2021-43927.pdf

https://www.convocatoria.fecyt.es/publico/bases/bases.aspx

Convocatoria: https://www.convocatoria.fecyt.es/publico/bases/__Recursos/Convocatoria_ayudas_fomento_cultura_cientifica_2021.pdf