Ayudas a la contratación COVID 2022

El próximo viernes 25 de noviembre 2022 se publicará en el Boletín Oficial del PRINCIPADO_DE_ASTURIAS (BOPA) el extracto de la siguiente resolución:

Resolución de 18 de noviembre de 2022 del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas urgentes destinadas a fomentar la contratación laboral de personas desempleadas del Principado de Asturias, como medida de preparación de la recuperación y reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19.

La normativa se recoge mediante las bases reguladoras aprobadas para la concesión directa de ayudas urgentes destinadas a la fomentar la contratación laboral de personas desempleadas del Principado de Asturias, como medida de preparación de la recuperación y reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19, publicada en el BOPA Nº 141 de 22 de julio de 2021.

El plazo de presentación de solicitudes para los contratos formalizados en el ámbito temporal de esta convocatoria (Del 1 de marzo de 2021 al 30 de junio de 2022, ambos inclusive) será de 15 naturales contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a la desestimación de las mismas.

Podrán ser beneficiarios de la presente línea de subvenciones: las empresas; las trabajadoras y trabajadores autónomos; y las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y que, en su condición de empleadoras, contraten por cuenta ajena, a personas en situación de desempleo en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 30 de junio de 2022 (ambos inclusive), en centros de trabajo ubicados en el Principado de Asturias.

También podrán acceder a esta ayuda aquellos candidatos que ya hubieren presentado solicitud al amparo de la pasada convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, de 20 de septiembre de 2021, con rectificación de errores de fecha 13 de octubre de 2021 (extractos publicados en el BOPA nº 186 de 27 de septiembre y nº 200 de 18 de octubre de 2021, respectivamente), siempre y cuando su solicitud le hubiese sido denegada por agotamiento del crédito previsto en la convocatoria, aun reuniendo los requisitos para obtener la subvención).  Estos candidatos deberán presentar nuevamente la solicitud en el plazo de esta convocatoria. (Base 2.1 y Resuelvo 3.1 y 3.2 Convocatoria).

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) se publicará la ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0334T01 en el buscador de la sede electrónica (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Adjunto la citada Resolución y el cuadro de cuantías de las ayudas, recordando que el plazo se inicia el día siguiente a la publicación de la citada Resolución en el BOPA.

CUADRO DE IMPORTES